La Nueva Ley de contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, establece que “Todos los licitadores que se presenten a licitaciones realizadas a través del Procedimiento Abierto Simplificado deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público”, por tanto, aquellas empresas de obras y servicios que no estén clasificadas, y las empresas de suministros, deberán inscribirse en dicho ROLECE u obtener la Clasificación de Contratistas, ANTES DEL 9 DE SEPTIEMBRE DE 2018.
Artículo 159. ...
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2018