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Solvencia Económica 2015

Estimado Contratista,

Nos dirigimos a ustedes para recordarles que las empresas que se encuentran clasificadas como contratistas de obras y/o servicios, deberán acreditar su declaración de solvencia económica correspondiente al ejercicio 2.014, para mantener su clasificación actual, –antes del 01/09/2015.

Para realizar la gestión, necesitaríamos que nos enviaran por correo electrónico los siguientes documentos:

  • Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio 2.014 o copia de las cuentas anuales presentadas en el registro mercantil
  • Copia del justificante de presentación de las cuentas anuales en el registro mercantil correspondiente.
  • Informe de auditoria de sus cuentas anuales (solo aquellas empresas que hayan realizado dicha auditoria).
  • Los empresarios clasificados como persona física, nos deberán enviar por correo electrónico, copia de la huella de presentación de los libros presentados en el registro mercantil, copia del balance de cuentas de pérdidas y ganancias, y libro inventario.

RECOMENDACIONES ANTES DE PRESENTAS LAS CUENTAS ANUALES EN EL REGISTRO MERCANTIL.

  • El patrimonio neto, NUNCA, puede ser inferior a la mitad del capital social. Esta situación provocaría la denegación total de la clasificación. Además, para las empresas clasificadas como contratista de obras, en el caso de una disminución por debajo de los umbrales mínimos para cada una de las categorías, podría suponer una disminución de las categorías que actualmente tiene en su clasificación. Si irremediablemente, las cuantas anuales son negativas para el mantenimiento de la clasificación, pueden prever realizar una ampliación del capital social, generar beneficio durante el ejercicio 2015 y/o realizar cualquier acción legal para subsanar las deficiencias contables del ejercicio 2014 (siempre antes del 31 de Diciembre). Los correspondientes requerimientos que recibirán por parte de la Junta Consultiva, se podrán contestar aportando las cuentas anuales de 2015, las cuales se podrán presentar a partir de enero de 2016.
  • Revisión del informe de auditoría. Aunque los datos contables estén dentro de los márgenes indicados, si el informe de auditoría es negativo o simplemente el auditor no hace la valoración correspondiente, puede provocar la pérdida de la clasificación de contratistas.
  • Las empresas clasificadas como persona física, se les valorará como capital social, el mínimo exigido para una S.L., es decir, 3.000 €.
  • Aquellas empresas que hayan aportado ya las cuentas anuales del ejercicio 2014, para subsanar la solvencia económica del ejercicio 2013, no tendrán que hacer la declaración de Solvencia Económica este año.

Las empresas se hayan clasificado por primera vez desde Septiembre de 2014, no tendrán que hacer la declaración de SE este año. Si será obligatoria a partir del próximo ejercicio.

EMPRESAS CLASIFICADAS COMO CONTRATISTAS DE OBRAS

CATEGORIA               PATRIMONIO NETO

A                                        6.000 €

B                                      12.000 €

C                                      24.000 €

D                                     72.000 €

E                                   168.000 €

F                                   480.000 €

Nuestros honorarios por realizar dicha gestión es de 90 € + IVA.

Para más información contacte con nuestro departamento de Clasificación de Contratistas.

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